|
Antonio de
Padua
|
|
COMENTARIOS |
|
|
|
|
20porque os digo que, si vuestra fidelidad no se sitúa muy por encima de la de los letrados y fariseos, no entráis en el reino de Dios. 21Os han enseñado que se mandó a los antiguos: «No
matarás (Ex 20,13), y si uno mata será condenado por el tribunal».
22Pues yo os digo: Todo el que esté peleado con su hermano será
condenado por el tribunal; el que lo insulte será condenado por el
Consejo; el que lo llame renegado será condenado al fuego del
quemadero. 23En consecuencia, si yendo a presentar tu ofrenda
al altar, te acuerdas allí de que tu hermano tiene algo contra ti,
24deja tu ofrenda allí, ante el altar, y ve primero a
reconciliarte con tu hermano; vuelve entonces y presenta tu
ofrenda. 25Busca un arreglo con el que te pone pleito, cuanto antes, mientras vais todavía de camino; no sea que te entregue al juez, y el juez al guardia, y te metan en la cárcel. 26Te aseguro que no saldrás de allí hasta que no pagues el último cuarto.
|
v. 20: porque os digo que, si vuestra fidelidad no
se sitúa muy por encima de la de los letrados y fariseos, no entráis en el reino
de Dios.
Da Jesús la razón de lo que acaba de
decir: la fidelidad de los suyos ha de situarse muy por encima de la de los
letrados y fariseos. La fidelidad se entiende de modo intensivo y extensivo, en
calidad y totalidad. Es insuficiente el legalismo, que se contenta con guardar
preceptos; pero el discípulo no puede ser negligente en la práctica de su
compromiso. La puerta para «entrar en el reino de Dios» es precisamente la
primera bienaventuranza. A ella se refiere, por tanto, esta
fidelidad.
vv. 21-22: Os han enseña do que se mandó a los
antiguos: «No matarás (Ex 20,13), y si uno mata será condenado por el tribunal».
22Pues yo os digo: Todo el que esté peleado con su hermano será
condenado por el tribunal; el que lo insulte será condenado por el Consejo;
el que lo llame renegado será condenado al fuego del
quemadero.
. Comienza una sección (5,21-48) en que
Jesús ataca la concepción de la Ley mantenida por los letrados, primera de las
dos categorías mencionadas en el versículo anterior. Esta sección se compone de
seis antítesis entre la doctrina que éstos enseñan y las correcciones o
aboliciones que hace Jesús. Éste no pretende radicalizar la ley de Moisés, sino,
frente a ella, sacar las consecuencias que derivan para la conducta de un
principio mucho más exigente: el bien del hombre y la creación de una
sociedad nueva donde rigen las relaciones humanas propias del amor mutuo. En
lugar de casuística, Jesús requiere la limpieza de corazón, la actitud interior
de amor a los demás y el trabajo por la paz, manifestación de esa
actitud.
La primera antítesis trata del mandamiento
«No matarás» (Ex 20,13), «no cometer homicidio», y de la pena que se le
asignaba, la condena pronunciada por un tribunal de 23
miembros.
Jesús plantea la exigencia desde otro punto
de vista. No basta abstenerse de la acción externa; la actitud interna, estar
airado con el hermano, merece ya el juicio. Para el reino se requiere la
disposición benévola y favorable a los demás (5,8: «limpios de corazón»). La
mala actitud interior se manifiesta en el insulto; en el reino de Dios, el
desprecio manifestado es reato que requiere un tribunal más elevado que el mismo
homicidio, el Consejo supremo. Cuando el insulto llega a excluir al otro
del propio trato («renegado», cf. Dt
32,6, donde se aplica al pueblo de hijos degenerados), merece la pena
definitiva.
«El quemadero», la gehenna, tomó su
nombre del valle Gehinnon, y era el gran quemadero de basuras de Jerusalén;
había pasado a ser símbolo del castigo definitivo, concebido como la destrucción
por el fuego.
vv. 23-24: En consecuencia, si yendo a presentar tu
ofrenda al altar, te acuerdas allí de que tu hermano tiene algo contra ti,
24deja tu ofrenda allí, ante el altar, y ve primero a
reconciliarte con tu hermano; vuelve entonces y presenta tu
ofrenda.
Jesús pasa ahora a exponer el lado positivo
de la actitud de los que trabajan por la paz. Hay que recomponer la unidad rota
por alguna ofensa, y eso tiene prioridad sobre todo acto de culto (cf. 12,7).
Inútil acercarse a Dios si existe división.
v. 25: Busca un arreglo con el que te pone pleito,
cuanto antes, mientras vais todavía de camino; no sea que te entregue al
juez, y el juez al guardia, y te metan en la cárcel. 26Te aseguro que
no saldrás de allí hasta que no pagues el último
cuarto.
Advierte Jesús sobre las consecuencias para
el que está en falta de no reconocer ni procurar la reconciliación. Cuando no se
ataja la discordia, su efecto recaerá sobre el que no ha querido dar el paso
para lograr la paz.
COMENTARIO 2
El
texto se inicia con la confrontación entre la justicia de los escribas y
fariseos y la justicia exigida a los discípulos. El contexto ofrece la
oportunidad para desarrollar el sentido más profundo de la Ley cristiana. Por
eso la mirada se detiene primeramente en los deberes sociales (c.5) para pasar
luego (c.6) a las obras religiosas.
Los
primeros se presentan a partir de la oposición entre “lo que fue dicho a los
antiguos” y el “yo les digo” de Jesús (vv.21. 27. 31. 33. 38. 43).
La
actividad legislativa de Jesús, en este campo lo conecta con Moisés que en el
Sinaí transmitió la ley divina a Israel.
La
primera de las oposiciones concierne a la enseñanza del quinto mandamiento.
Frente a la formulación de la ley antigua propone una nueva ley de mayor
exigencia y con la misma validez universal en los vv.
21-22.
El
mandamiento “no matarás” pilar fundamental en el ethos (moralidad) del clan
desarrolla el respeto a la vida prohibiendo la realización de actos que puedan
amenazar la existencia del semejante. Los tribunales tienen la obligación de
velar por este derecho fundamental de todo integrante del pueblo.
Jesús
propone una interpretación más exigente de esta disposición que abarca no
solamente las acciones culpables en ese orden sino la raíz de donde brotan esas
acciones: el sentimiento e interioridad del ser humano. La prohibición del
homicidio incluye en la nueva interpretación la prohibición de todo sentimiento
de ira y animosidad contra el hermano.
El
respeto de la vida debe llevar a evitar también lo que más allá del homicidio
pueda significar menoscabo de la dignidad de vida para el prójimo y, por
consiguiente, de la maledicencia, insulto, desprecio. Dios aparece como garante
de ese derecho fundamental de todo “hermano” y se extiende a las palabras más
frecuentes que, a su respecto, brotan en momentos de animosidad.
Luego
de haber presentado la nueva formulación de la antigua ley, Jesús pasa a exponer
su concreción en forma de un caso. Este pertenece indudablemente al derecho
casuístico , indudablemente subordinado a la formulación anterior (absoluta y
taxativa) y quiere indicar hasta que punto debe llevarse su observancia. Se
trata por consiguiente de una explicitación que indica la radicalidad de su
aplicación con la ayuda de un ejemplo.
El
acercamiento al Señor de la vida, implica la pacificación con el hermano. No
solamente quien ha ofendido está obligado a la reconciliación sino también quien
ha sufrido una ofensa. Se subraya el carácter urgente de este deber ante el cual
pierde importancia el tener o no tener a favor la razón en el conflicto. Cada
uno está llamado a la superación de cualquier tipo de división comunitaria que
le afecte.
Este exigencia se fundamenta luego, desde la conveniencia personal, presentando los daños que el conflicto puede crear para el que se ve en ellos implicado. Sin embargo, no debemos entender que se trata de un irenismo, de un eludir conflictos a cualquier precio. El ejemplo sirve para recordarnos las exigencias que brotan de la necesidad de construir la comunidad desde la reconciliación con quien es hermano y que necesita de nuestros actos para desarrollar su ámbito comunitario de vida en plenitud.
FUNDACIÓN ÉPSILON
www.elalmendro.org
epsilon@elalmendro.org